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Departamento de la Familia
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Historia

La Ley núm. 95, aprobada el 12 de mayo de 1943, conocida como la Ley de Bienestar Público de Puerto Rico, creó la División de Bienestar Público y la adscribió al Departamento de Salud.

El propósito de la Ley fue centralizar en un solo organismo, la administración de todas las formas de asistencia pública y servicios sociales ofrecidos a familias necesitadas y la protección y cuidado de los niños.

Estos servicios se desarrollaron y se ampliaron según las necesidades y los cambios que fueron ocurrido en el país.  A medida que surgían situaciones más complejas para atender se hizo necesario establecer nuevas actividades, nuevos enfoques y una estructura independiente para afrontar este reclamo.

El 30 de junio de 1968, se aprobó la Ley Núm. 171 conocida como la Ley Orgánica del Departamento de Servicios Sociales.

Al crearse este Departamento, se transfirieron al mismo, la División de Bienestar Público del Departamento de Salud, la División de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico, establecida por la Junta de Instrucción Vocacional, mediante la Ley Núm. 414 del 13 de mayo de 1947, según enmendada.  Conjuntamente con esta División se trasfirió del entonces Departamento de Instrucción, el Centro de Rehabilitación para Ciegos, creado por la Ley Núm. 207 del 14 de mayo de 1948, según enmendada.

Además, se trasfirió al Departamento, la Comisión del Niño, creada por la Ley Núm. 49 del 15 de junio de 1956, según enmendada y la Comisión Puertorriqueña de Gericultura establecida por la Ley Núm. 16 del 22 de mayo de 1962.

Para afrontar este nuevo reto, se estableció una nueva estructura plasmada en tres niveles;  El Nivel Central, o constituyo la Oficina del Secretario, Oficina del Subsecretario y Oficinas de Apoyo.  El Nivel Regional estaba constituido por diez (10) oficinas Regionales y el Nivel Local por las oficinas de servicios directo a las personas y familias necesitadas.

En el mes de julio de 1995, al amparo de la Ley 5 del 6 de abril de 1993, conocida como la “Ley de Reorganización para la Rama Ejecutiva de 1993, se aprobó el Plan de Reorganización Núm. 12.  Este plan dio origen a la reorganización del Departamento de Servicios Sociales en cuatro estructuras básicas identificadas como administraciones, y un secretariado dando origen a su redenominación como Departamento de la Familia.

Las cuatro estructuras básicas que componen el Departamento de la Familia se identifican de la siguiente manera:

• Administración de Familias y Niños

• Administración de Desarrollo Socioeconómico de la Familia

• Administración de Rehabilitación Vocacional

• Administración de Sustento de Menores

Además, a nivel central se establece la unidad organizativa identificada como Secretariado.  La misma asesorará a los administradores y evaluará la efectividad, eficacia y eficiencia de las operaciones.  Realizará las actividades dirigidas a establecer normas operacionales que persigan dar cumplimiento a la política pública que implante.   De igual manera establecerá los mecanismos de seguimiento y fiscalización que sean necesarios para el buen funcionamiento de todos lo organismos y propiciará la mayor descentralización posible a nivel operacional y funcional.

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Revisado el 1/15/2010

 
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