Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto
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Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto

Para promover los principios de la contratación colectiva: reduciendo al mínimo las causas de ciertas disputas obreras y fomentando así la producción mediante la creación de la junta de relaciones del trabajo de puerto rico. Definir y establecer ciertos derechos de empleados y patronos: declarar los convenios colectivos de trabajo revestidos de interés publico: definir y establecer reglas para prevenir las practicas ilícitas de trabajo; establecer procedimientos para poner en vigor las ordenes de la junta y de revisión judicial por el tribunal supremo de puerto rico; facultar a la Junta para determinar representantes y unidades de negociación colectiva; facultar a la Junta a incoar procedimientos para poner en vigor laudos de arbitraje; requerir el registro de convenios colectivos; requerir determinada información de las uniones obreras; fijar remedios legislativos con respecto a patronos que efectúen contratos con el gobierno; y para otros fines.

Icono de tipo de documentoLey núm. 130
Icono de tipo de documento(Ley núm. 333 del 16 de septiembre de 2004) Carta de Derechos de los Empleados Miembros de una Organización Laboral

Revisado el 1/21/2010

 
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Accesible Conforme a la Ley Núm. 229 de 2003