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Descripción:
El Tribunal Supremo está integrado por el Juez Presidente y seis (6) Jueces Asociados. Los mismos son nombrados por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado. Dichos nombramientos son de por vida, hasta la edad del retiro obligatorio de setenta (70) años. El número de jueces sólo podrá ser variado por ley, a solicitud del propio Tribunal Supremo.
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Datos Generales
El Poder Judicial de Puerto Rico emana del Artículo V de la Constitución del Estado Libre Asociado, y de la Ley de la Judicatura (Ley número II de 24 de julio de 1952, según enmendada), la cual se aprobó para implantar las disposiciones constitucionales. Los jueces de estos ...
/GPRPortal/Inicio/RamaJudicial/Datos.htm
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2. |
Portal de la Rama Judicial
La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico encomienda al Juez o Jueza Presidente del Tribunal Supremo la administración del sistema judicial y provee para el nombramiento de un Director o Directora Administrativo para asistirlo en dicha función. El pleno del ...
/GPRPortal/Inicio/RamaJudicial/Tribunales_Redirect.htm
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