|
Nosotros, Dr. Johnny V. Rullán y Dra. Dalila E. Aguilú Lavalett, Secretario del Departamento de Salud y Administradora de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción respectivamente, en virtud de las facultades inherentes a nuestros respectivos cargos conferidas por la Ley Número 81 del 14 de marzo de 1912, según enmendada, Ley Número 67, del 7 de agosto de 1993, de la Orden Administrativa Número 78 del 7 de febrero de 1994, y Ley Número 4 del 23 de junio de 1971, según enmendada, denominada Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico; procedemos a tenor con lo establecido en el Inciso (f) y (g) del Artículo 201 a emitir la presente Orden Declarativa disponiendo lo siguiente:
|